Constancias laborales para trabajadores:
"Declaración que permite dejar registro de la versión del trabajador frente a hechos que pudieran ser causa de posibles acciones futuras que le efecten.
¿En qué consiste?
Consiste en una declaración, por parte del trabajador, ante un Ministro de Fe, respecto de determinados hechos de carácter laboral.
Su finalidad es dejar registro de su versión frente a hechos que pudieran ser conflictivos, como acusaciones de atrasos, incumplimientos de contrato o abandono de trabajo, entre otros, y que puedan ser causa de posibles acciones; por ejemplo, amonestaciones, sanciones y despidos.
¿Cómo se hace?
El trabajador debe acudir a la Unidad de Atención de Público de la Inspección del Trabajo correspondiente.Allí debe identificarse; indicar el tipo de constancia que desea hacer, y presentar antecedentes, si correspondiere.Firmar la constancia y entregarla.
¿A quién está dirigido?
A trabajadores en general.
¿Dónde se realiza?
En la Unidad de Atención de Público de la Inspección del Trabajo correspondiente. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
Costo
No tiene costo.
Resultado
Constancias laborales para trabajadores.
Observaciones
Levantamiento de declaración al interesado, la que es almacenada, a modo de constancia, entregándose una copia al declarante, con el fin de ser presentada para el inicio o complementación de algún trámite posterior."
FUENTE: DT
0 comentarios:
Publicar un comentario